- El Fallo -
Este Tribunal, por unanimidad, RESUELVE:
1). - DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA DE CHARATA con el siguiente marcador, CERO (0) GOL para el Club Social y Deportivo Juventud Unida de Charata y UN (1) GOL para el Club Social y Deportivo San Jorge de Hermoso Campo, en consecuencia, otorgar los TRES (3) PUNTOS en juego al Club Social y Deportivo San Jorge de Hermoso Campo, de acuerdo a lo establecido por los Arts. 107 y 152 del R.T.P.-
2). - DISPONER la devolución del importe pagado en concepto de Derecho de PROTESTA al Club Social y Deportivo San Jorge de Hermoso Campo, de acuerdo a lo establecido por los Arts. 13, 14 y 21 del R.T.P. -
3). - SANCIONAR al Club Social y Deportivo Juventud Unida de Charata con MULTA EQUIVALENTE al del VALOR DE DERECHO DE PROTESTA de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 13, 14 y 21 del R.T.P. –
4). - DAR POR CUMPLIDA LA SANCIÓN a los jugadores AVILA, RAMIRO, Carnet Nº 10914; PEREYRA, ENZO, Carnet Nº 9829; PADILLA, MATIAS, Carnet Nº 11966; MERCADO. ANTONIO, Carnet Nº 5767; GONZALEZ, OMAR, Carnet Nº 10258 y TOLEDO, CRISTIAN, Carnet Nº 6839; del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA DE CHARATA, por aplicación del Art. 22 del R.T.P.-
5). - SUSPENDER a Sres. MONZÓN, MATÍAS; BANEGAS, GUSTAVO y CARO,
ERNESTO, (Terna arbitral designada al encuentro), por SESENTA (60) DIAS, por aplicación
de los Arts. 32, 33, 270, Inc. B) y D), y 281 del R.T.P.-